El Tribunal Supremo desestima los recursos de Sogestin contra Shell

El grupo empresarial y familiar Sogestin SL, a cuya cabeza está el empresario petrerí Juan Bernabeu, ha visto desestimados por la sala Primera del Tribunal Supremo los dos recursos que había interpuesto contra la sentencia de la Audiencia Provincial de Madrid (sección vigesima octava, especializada en materia mercantil), que a su vez confirmaba la sentencia dictada en los autos del juicio ordinario num 37/2004 seguido ante el Juzgado de lo Mercantil num. 3 de Madrid. La sentencia del Tribunal Supremo ha resuelto un litigio sobre la compatibilidad de unos contratos de estaciones de servicio (gasolineras) con el derecho  comunitario de defensa de la competencia.

La gasolinera en la rotonda de entrada a la localidad es una de las tres estaciones de servicio que posee Sogestin SL; la otra está en Elda y la tercera en Alicante.

Los hechos ahora juzgados se iniciaron en el año 2.004 mediante la interposicion de demandas por parte de  el grupo Sogestin contra Shell España en la que en base al posible quebranto del art. 81 1 del tratado de la Comunidad Europea (defensa de la competencia) los demandantes solicitaban la nulidad de los contratos de arrendamiento de industria , de cesión de un derecho de superficie, unos contratos de compraventa y unos contratos privados, firmados con la multinacional .

El motivo aducido en la demanda era que los contratos firmados violaban el art. 81 .1 del tratado de la comunidad europea, en esencia por exceder la duración de los acuerdos de compra en exclusiva de productos petrolíferos de las previsiones de los Reglamentos europeos 1984/83 y 2490/99 y por imponer a las gasolineras revendedoras el precio de compra y de venta de los productos comercializados.

La sentencia dictada en su momento por el Juzgado de lo Mercantil desestimó la demanda al entender que los contratos no infringian el art. 81.1 del tratado de la Unión Europea dado que la cuota de mercado de la demandada (Shell España) no alcanzaba el 5% de cuota de mercado, sin entrar a analizar la posible fijacion unilateral de los precios por parte de la multinacional, ni la duración de los contratos que vinculan a las partes.

Contra esta sentencia recurrió Sogestin al Tribunal  Supremo mediante  un recurso de casación y un recurso extraordinario por infracción procesal, en el que se atacaba el no planteamiento de una cuestión prejudicial ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea.

En cuanto al recurso de casación , el Tribunal Supremo desestima los motivos destinados a atacar la imposición de precios por parte de la multinacional porque hacen supuesto de la cuestión al contradecir la base fáctica de la sentencia recurrida que declaraba que los “demandantes tenían libertad contractual y material para fijar el precio de venta al público de los carburantes”.

El recurso extraordinario por infracción procesal interpuesto también lo desestima el Tribunal supremo, en el que se ataca el no planteamiento de una cuestión prejudicial ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea, porque, en aplicación de la doctrina reiterada de la Sala de esta materia, su planteamiento es facultad del tribunal de apelación, el que además, no está obligado a suspender un litigio, cuando exista una cuestión prejudicial planteada en un litigio diferente.

Puestos en contacto con el gerente de Sogestin SL, el citado Juan Bernabeu Planelles, nos comunica que en 20 días tendran preparado el recurso ante el tribunal Constitucional. Si el recurso no fuera admitido a trámite por el Tribunal Constitucional, nos adelanta ya que se verá obligado a recurrir ante el Tribunal de Justicia de la Comunidad Europea. Para Bernabeu es «ya una cuestión moral en torno a la libre competencia, y si se discute, hasta ahora no se ha hecho, lo que planteamos, puede suponer un vuelco en la legislación del sector».

 

3 thoughts on “El Tribunal Supremo desestima los recursos de Sogestin contra Shell”

  1. SEÑOR JUAN BERNABE,NO SAVE COMO ME DUELE LA SENTENCIA QUE LE A DICTADO LA SALA PRIMERA,DEL TRIBUNAL SUPREMO,PERO ME TEMO QUE USTED YA LA SAVIA ANTES DE HORA,PUES EL TRIBUNAL DICHO, HACE SUS SENTENCIAS TODAS IGUALES SI PIDES LO DE LOS CONTRATOS DE COMISIONISTA A REVENDEDOR TE DICE QUE PIERDES PORQUE NO PIDES LA NULIDAD,SI PIDES LA NULIDAD TE DICE QUE PIERDES POR QUE NO QUEDA DEMOSTRADO QUE TE FIJEN LOS PRECIOS.A SI QUE PIDAS LO QUE PIDAS SIEMPRE PIERDES,LAS PETROLERAS CON SUS MENTIRAS Y DINEROS CONSIGUEN LAS SENTENCIAS QUE ELLOS QUIEREN VIVA LA INDEPENDENCIA JUDICIAL,DEL TRIBUNAL SUPREMO SALA PRIMERA

  2. Sr. Ros, agradecemos sinceramente mi familia y yo, sus comentarios sobre esta injusta Sentencia.

    Solo queda decir, que seguiremos luchando, para que se haga justicia.

    Un cordial saludo.
    Victoria Bernabéu Rico

  3. Tanto PP como Psoe tienen demasiados intereses en las principales petroleras y no van a permitir que SUS jueces tumben este monopolio.

    Animo.

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