La concejalía de Hacienda informa de los trámites a seguir para reducir un 30% del IBI en las viviendas con placas solares

Placas_solares

En el último pleno ordinario, se aprobó por unanimidad una reduccion del 30% -aunque sólo durante tres años- de las tasas e impuestos municipales para aquellas viviendas residenciales que instalen placas solares, ya sean para aprovechamiento térmico (agua sanitaria caliente) o eléctrico (para abastecer la vivienda de electricidad).

Para obtener esta bonificación se han de cumplir una serie de requisitos: que las instalaciones de producción de calor incluyan colectores que dispongan de la correspondiente homologación por la administración competente, que se trate de un bien inmueble de uso residencial y que la instalación de producción de energía sea exclusivamente para autoconsumo.

La bonificación surtirá efectos en el periodo impositivo siguiente al de la solicitud, y se aplicará, como máximo, durante tres periodos impositivos contados desde la fecha en que se ha realizado la instalación, siempre que se mantenga la misma, cuya acreditación el Ayuntamiento podrá solicitar anualmente.

La solicitud de bonificación se tramita en la oficina de Suma, en la plaza Pablo Iglesias, adjuntando la siguiente documentación: copia de la licencia urbanística preceptiva, ya que la bonificación dependerá de que las obras e instalación se haya realizado con la previa licencia municipal; acreditar documentalmente que los colectores disponen de la correspondiente homologación por la administración competente; factura y certificado de final de instalación emitidos por la empresa instaladora que deberá estar homologada; y declaración responsable de que la instalación, en caso de producción de energía, es exclusivamente para autoconsumo.

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