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Petrer en la obra de Lamberto Amat y Sempere

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*NOTA: Artículo publicado originalmente en la Revista Festa 1999

Lamberto Amat y Sempere, ilustre figura eldense del siglo XIX, cuya vida estuvo dedicada no sólo al servicio de su pueblo natal sino también a la investigación de sus hechos históricos, nació en la vecina villa de Elda el 28 de septiembre de 1820, en el seno de una familia acomodada. Hijo único, su padre fue uno de los personajes más influyentes de la población: el varias veces alcalde durante la pasada centuria José María Amat y Amat. Por este motivo, y desde su más temprana juventud, se interesó por los asuntos de su pueblo, ejerciendo el cargo de secretario del ayuntamiento, lo que facilitó su acceso al archivo municipal, de cuyos documentos obtuvo innumerables datos y referencias escritas y en el que llevó a cabo una importante labor de conservación y recuperación, al ordenar y encuadernar un gran número de legajos y papeles dispersos que, de no ser por él, hubieran acabado por desaparecer. Su sincera y larga amistad con el cura párroco de Santa Ana, Gonzalo Sempere y Juan, le permitió conocer también los fondos del archivo parroquial, más abundantes que los que hoy se conservan, del cual extrajo notas y curiosidades que reprodujo en el extenso manuscrito que habría de ser su obra magna y por el cual es recordado en la actualidad.

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Lamberto Amat y Sempere, erudito e investigador eldense, fue un ardiente defensor de los intereses de su pueblo.

Apasionado por la historia local, escribió algunas biografías de eldenses notables, colaboró con Rico y Montero en su Ensayo biobibliográfico de escritores de Alicante y su provincia (1888) y publicó una serie de escritos sobre la cuestión de las aguas de riego, por la que, como terrateniente y agricultor, estaba vivamente interesado, y a la que dedicó gran parte de su trabajo y actividad personal, pero sobre todos ellos destaca una obra fascinante, titulada Elda, su antigüedad, su historia. Personajes de estirpe regia que habitaron su alcázar, edificios públicos, sus obras; lo que fue antes esta población y lo que es ahora; su huerta y sus producciones; industrias de sus vecinos…, que permaneció inédita durante más de un siglo y que el Ayuntamiento de Elda, junto con la Universidad de Alicante, publicó en facsímil en 1983, reproduciendo un manuscrito que se hallaba en posesión de los descendientes del autor. Los dos tomos de que consta esta obra constituyen un compendio de erudición que contiene numerosos datos históricos y sociales, especialmente de los siglos XVII, XVIII y XIX, no sólo de aspectos interesantes de la vida eldense, sino también de la relación de Elda con las villas vecinas, entre ellas Petrer. Esta es una historia de enemistades seculares, de litigios por la tierra y el agua, de argucias, de batallas legales, de necesidades imperiosas para la supervivencia de sus gentes pero, sobre todo, de un destino común que ambas poblaciones seguimos compartiendo. Quizás su lectura explique, en cierto modo, la antigua rivalidad entre Elda y Petrer, motivada no tanto por las vicisitudes y las rencillas de sus vecinos sino por el profundo amor de éstos a su tierra y a la necesidad de defenderla y conservarla.

Este meritísimo historiador murió el 16 de marzo de 1893 y hubiera permanecido en el olvido de no ser por el interés que suscitaron su vida y sus obras en un grupo de investigadores eldenses, que, en los años cincuenta, comenzaron a darlas a conocer desde la revista Dahellos; más tarde, serían el Valle de Elda y Alborada los interesados en esta figura, con estudios que culminarían en la publicación de sus manuscritos, impidiendo así su desaparición definitiva.

Según Antonio Mestre, que presenta al público la edición facsimilar con un breve estudio preliminar, la obra puede dividirse en cuatro partes claramente diferenciadas, como son: historia de los sucesos, estudio de los monumentos y edificios, aspectos económico-sociales y personalidades eldenses de la cultura, de las cuales destacan, sobre todo, la primera y la tercera.

Respecto a la primera de ellas, impacto el sentido realista de D. Lamberto en una época en la que aún se tenía de la historia un concepto romántico que trataba de ennoblecer el pasado. Sorprende el uso de documentos originales, utilizados con frecuencia, que alterna con unas crónicas a menudo dudosas, como son las de Zurita y Escolano. Nuestro autor cree firmemente en ellas, incluso sostiene la autenticidad de les Trobes de mosén Febrer, que había fingido completamente el valenciano Onofre Esquerdo a finales del siglo XVII, pero es un error que cabe disculparle.

En cuanto a la tercera, que conforma el capítulo más original, importante y logrado del libro, cabe señalar el valioso estudio de la agricultura y los productos, tanto de regadío como de secano, que se obtenían en la zona, sin descuidar asimismo la situación de la industria (molinos de harina, de papel, esparto y aguardiente) y la economía, basada también en el uso de las aguas, sobre el que lleva a cabo un minucioso análisis.

Con una prosa de sintaxis compleja, al más puro estilo decimonónico, Lamberto Amat expone nítidamente hechos y situaciones, detallando en sus páginas infinidad de datos e informaciones sobre la historia de los pueblos que formaron parte del condado de Elda y las vicisitudes de sus moradores desde el tiempo anterior a la expulsión de los moriscos hasta el año 1875, momento en que estampó su firma en la última página como colofón a su obra, que escribió, como él mismo afirma, «guiado siempre del más puro y desinteresado patriotismo».

De su libro, dotado de una increíble riqueza documental, hemos creído conveniente entresacar algunos fragmentos relativos a Petrer, que abundan a pesar de la negativa consideración que D. Lamberto Amat, como buen eldense, nos tenía. Gracias a ellos, podremos conocer datos acaso novedosos, puede que intrascendentes, pero siempre de interés, acerca de nuestra historia común. Pese a su desorden cronológico, sirvan como testimonio de una relación antagónica que ha perdurado durante siglos y que hay que considerar meramente anecdótica.

Siguiendo a mosén Jaume Febrer y a Zurita, apunta Amat y Sempere: «Se rebelaron los moros en el año 1265, pero el rey de Aragón a instancias de su yerno el de Castilla los sujetó y entregó al infante D. Manuel. También recobró el castillo de Petrel que se había alzado contra su dueño, D. Jofré de Loaysa, privado del rey de Castilla» (tomo I, págs. 5-6).

Hablando del alcázar de Elda y su plaza, afirma: «Surtíase ésta del agua potable de Petrel traída por costoso acueducto subterráneo de anchos, largos y fuertes arcaduces morunos, que estos años hemos tenido el gusto de ver extraídos por propietarios del trayecto en las labores de sus tierras, y al llegar al recinto exterior del edificio se elevaba el acueducto por medio de muy altos pilares, por lo que la calle que posteriormente debió construirse junto a aquél por la parte Este, se llamó como ahora de los pilares.

En verdad que el diámetro de 25 cm. que tienen los arcaduces era excesivo para el surtido de aguas de beber; pero no tenían este solo objetivo: los señores castellanos que gozaban con la vista del ameno y delicioso valle que se extendía a sus pies, quisieron disfrutar materialmente de él y lo consiguieron estableciendo un hermoso jardín cuasi a la base del muro, que llenó algo más de una hectárea de tierra feracísima, que hoy conocemos con el mismo nombre del jardín y aún es propiedad del conde de Cervellón, último dueño territorial que fue de Elda hasta el año 1841, y el citado acueducto fertilizaba dicho jardín con las ricas aguas de Petrel. No hay ninguna duda de que existió este jardín, pero si alguna apareciera se desvanecería citando y copiando si necesario fuere, las varias súplicas que los labradores de Petrel solían dirigir a los señores de la Val de Elda todos los veranos desde el siglo XV en adelante para que se suspendiera algún riego de aquél con el atendible objeto de que a ellos no se les secaran y perdieran las cosechas de panizo y hortalizas, cuyas humildes súplicas hemos leído en el Archivo Municipal de Elda» (I, 16-18).

En 1498 Felipe II constituye primer conde de Elda a D. Juan Pérez Calvillo de Coloma, otorgándole el mayorazgo de la villa de Elda «y sus aldeas Petrel y Salinas, según terminantemente lo indica el referido Escolano en el libro 6º, colección 72 de su Historia del Reino de Valencia» (I, 21-22).

El año 1562, D. Juan Coloma y su esposa pusieron la primera piedra de lo que sería el convento de los padres franciscanos, llamado de Nuestra Señora de los Angeles, que después de la extinción de las órdenes monacales pudo salvarse de la ruina al establecerse en él, en 1864, el hospital provincial de distrito:

«La fundación del convento respondió en su época a las necesidades espirituales de los pueblos de Elda y Petrel, situado entre ambos a igual distancia, dividiendo sus términos y quedando dentro del de Elda […] Antes sirvió de valladar a los malos ejemplos y asechanzas de los muchos moros que habitaban en este país: actualmente contendría el torrente de las perversas ideas y corrompidas pasiones que desgraciadamente se han extendido entre nosotros. En medio de tantas desdichas, consuélanos el que se alberguen y en él reciban el remedio de sus enfermedades los pobres de las partidas de Villena, Monóvar y Novelda» (I, 26-27).

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Facsímil de la portada de la obra de Lamberto Amat, en la que se incluyen un gran número de referencias a Petrer.

«El edificio convento de que venimos ocupándonos, está situado sobre una colina, linda con la carretera pública, con un camino rural que va a Petrel y con la acequia principal de arriba por dos lados […] También domina el convento todo el valle, el ferrocarril en toda la longitud de aquél, las villas de Elda y Petrel y tiene vistas deliciosísimas: sin duda a causa de su elevación y de lo despejadamente que le entran todos los aires, en particular los del Norte y Sur, es el punto más saludable y fresco de este terreno, y está tan probado que en las distintas y fuertes invasiones del cólera-morbo asiático que esta población ha sufrido, nunca ha sido atacado ningún individuo de los habitantes de aquel edificio…» (I, 28-29).

En 1641 el conde, D. Juan Andrés Coloma, se obliga a construir el hospital «gastando 1.000 libras y a pagar cada año y perpetuamente 160 de renta al mismo, consignando esta suma sobre las rentas decimales que poseía en Petrel», hasta que en 1837 las cortes suprimieron los diezmos y el conde se negó al pago de la pensión con el pretexto de que estaba gravada sobre dichas rentas, aunque en 1844 el conde y la villa de Elda llegan a una transacción, reduciéndose el pago de la pensión anual a 1.500 reales (I, 39-40).

Amat y Sempere enumera las ermitas pertenecientes a Elda, incluyendo también la de Santa Bárbara. Recordemos que habla del siglo XIX y de la época que conoció, aunque muchas cosas hayan cambiado desde entonces: «La de Santa Bárbara, que aún existe, dependía de esta jurisdicción hasta principios del siglo actual, y posteriormente de hecho se ha apoderado de ella Petrel: los Libros de Visita de esta iglesia prueban completísimamente que siempre perteneció a Elda; pero la incuria e indeferencia con que se ha mirado el asunto por parte de esta villa, ha producido semejante resultado» (I, 43).

Respecto a asuntos eclesiásticos, también apunta interesantes noticias: El rey Alfonso V de Aragón premió a D. Ximén Pérez de Corella, conde de Cocentaina, los servicios prestados en Nápoles con los diezmos y primicias de Elda y Aspe, cuyos señoríos ya poseía, según decreto del 5 de febrero de 1449 y al confirmar esta gracia el Papa Nicolás V el 12 de mayo de 1451, le impuso «la obligación de edificar una iglesia en cada villa y dotarlas; pero sin duda no la cumplió el de Cocentaina, por cuanto en un libro, el más antiguo de este Archivo Parroquial, existe copia legalmente autorizada de la escritura que en 6 de diciembre de 1528 otorgó D. Juan Francisco Pérez Calvillo, señor de las villas de Elda, Petrel y Salinas, ante el notario de la primera, Pedro José Olcina, en la que considerando estar mandado por su majestad el emperador, que las casas que en tiempos de los moros eran mezquitas se hiciesen iglesias y se bendijeran, obtemperándose a este mandamiento…» (I, 46-47). A partir de este momento la mezquita de Elda pasaría a ser la iglesia de Santa Ana y la de Petrer iglesia de San Bartolomé, aunque no hay una fecha precisa de esta conversión.

De una visita a la mezquita cristianizada de Elda, llevada a cabo el 24 de octubre de 1607 por parte del ilustrísimo fray Andrés Balaguer, queda constancia en un acta escrita en valenciano que hace inventario de los bienes de la parroquia de Elda, entre los que se hallan «dos papers dins una caixeta en lo hu dels quals hi havia una reliquia de San Bonifacio, hu dels deu mil màrtyrs, segons constaba per lo sobre escrit i ab bulla de dites relíquies expedida en Roma en 13 de setembre del any 1570» (I, 55-56). Ésta y otras reliquias al parecer fueron traídas desde Roma por D. Alonso Coloma, obispo de Cartagena y hermano del conde de Elda, aunque la de San Bonifacio no sea la misma que actualmente se custodia en la ermita petrerense que se halla bajo su advocación.

El 5 de mayo de 1655, el rector Tomás Mira de Marquina y Martín de Valera, justicia de la villa de Elda, a instancias de Gerony Alfaro, procurador de D. Carlos Coloma, redactan una sentencia por la que afirman, ad futuram rei memoria, inscribir en el libro de bautismos más antiguo que poseen (da comienzo en 1555) la partida de D. Antonio Coloma, conde de Elda, según ellos bautizado en la iglesia parroquial de Santa Ana. Lamentan la pérdida de los libros antiguos que incluían este bautismo y llaman a diversos testigos para que lo que conste sea la verdad y esté avalado por los testimonios de los más ancianos pobladores del lugar. En este sentido, reproducimos un curioso documento que recoge las declaraciones vertidas por un viejo labrador petrerense: «Christòfol Rico, major de dies, llaurador habit de la vila de Petrer de present atrobat en la vila de Elda, de edat que dix ser de huytanta anys poch més o menys, testimoni etc., qui jura etc., en poder e mans de Martí de Valera, justícia de la dita vila de Elda, dir veritat etc. Fonch interrogat sobre les coses contengudes en la escriptura posada per Gerony Alfaro, procurador del señor D. Carlos Coloma en lo día de huy lo qual, etc. E dix que está en veritat el testimoni com en lo temps de sa joventut és estat en casa i servici del excelentísim señor D. Antoni Coloma, conte de Elda, pres de deu anys ¡ en dit temps oí dir ell moltes i diverses vegades així a sa excelència com a moltes altres persones de dita present vila i de altres parts com lo dit excelentísim señor havia naixcut en la dita vila de Elda i estava batechat en la esglèsia parrochial de la gloriosa Santa Anna, lo qual dit señor conté haurà que fonch batechat en la església de dita vila de Elda pres de cent anys, lo que dix saber ell perçó que ha conegut molt be a sa excelència i ha tractat i comunicat ab sa excelència molt temps […] i per no saber escriure feu una creu en preséncia de mosén Andreu Rico, presbítero i rector de la esglèsia parrochial de la vila de Petrer i de mosén Bertomeu Ferris, presbítero» (I, 228-229).

A continuación se halla el testimonio de Joseph Rico, «sastre habit de la vila de Petrer de present atrobat en la present vila de Elda, de edat que dix ser de setanta huyt anys poch més o menys», similar en todo a la anterior. También serían llamados a declarar los más ancianos de Elda.

En cuanto a la repoblación cristiana de la zona, en sus apuntes podemos leer lo siguiente: «Expulsados todos los moriscos del reino de Valencia en 1609, y en Elda, Petrer y Salinas el 4 de octubre del propio año, por el conde D. Antonio Coloma, que en el mismo día los llevó a Alicante y los embarcó en la escuadra allí anclada al mando del maestre de campo, general D. Agustín Mexía, según se previno a aquél en Real Orden de 11 de septiembre anterior; quedando en virtud de ésta los bienes de los expulsados a favor del conde, el cual los repartió en enfiteusis entre los moradores cristianos que había en esta población y otros que vinieron de Villena, Onil y Bihar, según aparece de la escritura carta puebla otorgada entre dicho señor y los agraciados, en esta villa a 11 de noviembre a de 1611 ante su notario Pablo Alfonso» (II, 4-5).

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Petrer, aunque formó parte del condado desde su creación, nunca fue una aldea de Elda y el conde siempre quiso que fuesen dos pueblos distintos.

En otra parte de su obra habla del valle, de la zona montañosa, de sus ramblas: «y es tanto más notable y bella dicha forma, por cuanto la industria de los labradores ha ido estableciendo en todas las vertientes pequeñas suertes de tierras, sostenidas por toscos pero vistosos y seguros márgenes de piedra, a fin de utilizarlas, quitándolas el peligro de los arrastres de las lluvias torrentícias, y reduciendo a éstos a que corran por sólo tres ramblas, que son las de Caprala al Noreste, la de Petrel al Este y la del Cid al Sureste» (II, 8-9).

«La vista del valle en su conjunto, y en cualquier parte de él, es deliciosa, y el hombre pensador, al disfrutarla, se extasía, y no puede menos de alabar la omnipotencia de Dios en sus admirables creaciones y en los medios que le proporciona para gozarlas y aprovecharlas: en efecto, colocados en los puertos de la Torreta e del Rebentón, que forman los dos polos del terreno, o en la ermita de San Bonifacio de Petrel, o en la vía férrea en toda su longitud, sorprende a cualquiera gratamente el armonioso conjunto que terreno, plantíos y sembrados ofrecen» (II, 13-14).

«Petrel, situado al Este, yace horizontalmente al pie del Cid, y puesta su vista sobre el valle, disfruta de su hermosura; pero extendiéndose sus propiedades y jurisdicción apenas dos kilómetros (hasta el convento), más de mil veces en distintas épocas, al contemplar sus vecinos el delicioso panorama, han exclamado: ¡Quina llástima qué eixa foyeta no siga nostra! […] Escolano, al describir en su Historia del Reino de Valencia, libro 6º, cap. X, pág. 71, esta población, dice: Elda es villa de los principales del reino, poblada de 700 casas de christianos viejos y moriscos; si hacemos un cuerpo della y de una aldea, llamada Petrer» (II, 14).

Escribe Amat sobre los cultivos de alfalfa, asediados por una plaga: la cucaracha deposita sobre ella sus huevos, de los que nacen unas orugas, haciendo que se pierda al menos la cuarta parte del producto anual. Añade: «Esta oruga sólo vive sobre las alfalfas de esta huerta y la de Novelda, y no daña otras plantas; sin duda es por las aguas un tanto salobrencas de estos riegos, pues en Petrel, Aspe y Monóvar, que son del todo dulces, no tiene vida la oruga, aunque de ex profeso se lleve a las alfalfas» (II, 19-20). Sin duda alguna, debieron comprobarlo, intentando entender por qué la plaga no afectaba a los campos de los pueblos vecinos.

Acerca de los secanos, explica: «Unas 11.000 tahúllas que hay de estas tierras, ocupando laderas, vertientes y barrancos de los montes que circuyen el valle, están bien cultivadas y plantadas, y los suelos producen el anís, cominos, legumbres, cebada y trigo, pero a pesar de todo, la falta semiabsoluta de lluvias, que desde muchos años atrás se viene sufriendo, hacen cuasi nulas dichas cosechas».

El cultivo de las viñas también ocupa algunas de sus páginas: «El estado de este arbusto en la huerta es deplorable; por una parte el oidium y por otra que las tierras están cansadas de alimentarlo, a nuestro juicio con razón, porque al ser expulsados los moriscos en los primeros años del siglo XVII, apenas existían viñas, y los nuevos dominadores plantaron excesivamente, tanto que según datos que hemos visto relativos al año 1630 y siguientes, se cogía vino con extraordinaria abundancia, y acaso más que en ninguna otra época; así es, que cuesta mucho tiempo y trabajo de criarse la vid, da poco de sí y muere muy pronto, lo que nos parece muy natural, porque como, no obstante la bondad de estas tierras, vienen siendo viñas cerca de trescientos años, han perdido las sustancias para alimentarlas» (II, 31).

Además del apartado de las producciones agrícolas, que evidencia la grave crisis de este sector en el siglo XIX, Lamberto Amat nos refiere el cierre de los antiguos molinos de harina, de papel de estraza y de majar esparto que había en Elda, incluso de las pequeñas fábricas de aguardiente. Ya ni siquiera queda esparto en los montes de Elda y esta industria, en la que trabajaba gran parte de la población eldense, incluso mujeres y niños, entra en franca decadencia. Dejan de producirse los felpudos y esteras que se vendían en las ciudades, el cordelillo que se enviaba a Barcelona y Marsella. Fueron épocas difíciles, más para Elda que para Petrel, que fabricaba alpargatas y cántaros (II, 35-37).

El tema del agua de riego es, para Lamberto Amat y Sempere, una preocupación constante, a la que dedica buena parte de su trabajo: «Considerada el agua respecto de la tierra como la sangre que la anima y sostiene, para que produzca una fuerte y hermosa vegetación, y ricos, variados y abundantes frutos, siempre ha sido buscada con incansable y solícito afán, y jamás el hombre ha reparado en escrúpulos ni obstáculos cuantas veces ha podido apropiársela: de ahí que en las regiones de riego, haya constantes y diarias disputas sobre el aprovechamiento del agua, y el que rara vez deje de haber pleitos y graves cuestiones acerca del mismo y de su propiedad» (II, 46).

El 24 de octubre de 1512 se escritura públicamente la cesión por parte de Sax de la fuente de la Torre del Emperador a favor de Elda ante la presencia de D. Juan Ruiz de Corella, conde de Cocentaina y señor de Elda, Petrer y Salinas, con asistencia, entre otros, de Gonzalo Saplana, bayle de dichas villas, y de Damián Juneda, alcaide de la villa de Petrer (II, 50-51).

«En el año 1611, al repartirse entre los cristianos, nuevos pobladores, las tierras y aguas que poseyeron los moriscos expulsados dos años antes, se formó un libro de ambas propiedades, pues el agua estaba anexa a la tierra en diferentes proporciones, que variaban desde medio a tres azumbres por tahúlla, que se copió del último por que se regían los árabes (que aún existe), en que ya andaba el agua unida a la tierra, y asi debía continuar, según se mandaba en el capítulo 12 de la carta pueblo, prohibiéndose en el 13 se vendiera el agua sin la tierra y ésta sin aquélla sots pena de perdre la dita terra i aigua» (II, 219-220).

En el año 1868 tiene lugar una grave ausencia de agua en Elda: «Las aguas potables apenas llegaban a la población porque sus cañerías se hallaban poco menos que destruidas y los regantes de Santa Bárbara se habían apoderado de aquéllas; de tal estado resultó el más deplorable, dispendioso e irritante, de que los vecinos habían de comprarla para beber, y diariamente iban por estas calles a todas las horas del día 30 ó 40 cargas, que venían a venderles los vecinos de Petrel» (II, 241-242). Después el asunto se arregló.

«Abastece las fuentes de agua potable de Elda el manantial de Santa Bárbara, situado al Noreste de esta villa, como a una hora escasa de la misma, en cuya posesión, uso y aprovechamiento, jamás interrumpidos, se halla de inmemorial; a la que también tiene el derecho escrito, así como le asisten ambos para que los vecinos de la propia villa puedan tomar aguas para beber de todas las fuentecillas o manantiales que hay en el término de Petrel» (II, 265).

«El referido manantial de Santa Bárbara no es más que una derivación del grande y principal nacimiento de Caprala, jurisdicción de Petrel, entendido también dicho partido por el Agua Buena a causa de la bondad de la misma, situado al Norte de Santa Bárbara a la distancia de media hora a tres cuartos, y separados por la pequeña sierra que parece servir de testera al primero, y en cuya base, al extremo Este, se encuentra el manantial derivado.

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Los habitantes de Petrer, desde antiguo, litigiaron con los de Elda por mantener su territorio y los privilegios que el conde les había concedido.

Que el Agua Buena o sea de la balsa de Caprala, la utilizó Elda directamente, lo están atestiguando los diferentes trozos de cañería que en dicha sierra de Santa Bárbara, a su lado de poniente, existen, y por una tradición nunca contradicha; pero, sobre todo, lo confirma plenamente el reintegro y posesión de la Excma. Audiencia del Territorio concedió y dio por medio de su juez comisionado, D. Francisco Sirera, alcalde mayor entonces de Novelda, en 11 de agosto de 1758, que la llevó a efecto en los días 17 y 18 del propio mes, realizando el reintegro y posesión en los dos referidos partidos de Caprala y Santa Bárbara, diciendo en auto del 18: En el expresado sitio de Caprala y día referido, hallándose concluidas las diligencias pertenecientes al mismo sitio, dicho Sr. juez en comisión debía mandar y mandó, se pase al de Santa Bárbara donde renacen las aguas para beber de la villa de Elda y se practiquen las diligencias que convengan para cumplir con lo mandado; y por este su auto, así lo proveyó y firmó D. Francisco Sirera. Ante mí, José Corbí.

La petición presentada a los mencionados efectos principia así:
Excmo. Sr.: Antonio de Luz y Serrano en nombre del concejo, justicia y regimiento de la villa de Elda, consta del poder, etc., ante vuestra excelencia comparezco por vía de recurso, quexa, violencia, manifiesto atentado, o como más haya lugar y de derecho proceda, y digo: que mi parte siempre desde la fundación de la población ha estado en la posesión del uso de las aguas de las fuentes de Caprala, que está en el término general de la villa y renace cerca de la ermita de Santa Bárbara, marquesado de Noguera, y de allí se encamina subterráneamente por arcaduces, encañadas y en los barrancos y ramblas por canales y pilares de manipostería a expensas de la villa de Elda, etc., etc.

Estos antecedentes, con otros más minuciosos, constan en un libro encuadernado a la holandesa, lomo de pergamino amarillo, en que se lee el rótulo de Varios papeles interesantes al pueblo de Elda, desde 1771 a 1772, y a otros años anteriores.

Las aguas de Caprala y de Santa Bárbara no se utilizan para beber en el pueblo de Petrel, ni puede hacerlo, no sólo porque pertenecen a Elda, sino que además la topografía del terreno no permite su conducción; y Petrel tiene otro manantial más abundante y de tan buena calidad, que es el de la Mina de Pusa, que lleva a sus fuentes, aunque con malísimas condiciones.

El término jurisdiccional de Petrel posee además muchos manantiales de ríquisimas aguas para beber, aunque no tan abundantes como los dos citados, y son el del Cid, La Fonteta, Ferruza, la Almadraba y otros; y a todos ellos tienen derecho los vecinos de Elda de ir a traerse para su consumo, desde inmemorial (que ya existía entre los moros), por el uso y porque así se consignó en las cartas pueblas de Elda y Petrel, capítulos 20 de la primera y 19 y 29 de la segunda, otorgadas ésta en 19 de agosto de 1611 y aquélla en 11 de noviembre del propio año; y además por la executoria del pleito que se litigio ante la Audiencia del Territorio entre ambas villas sobre amparo o manutención pretendida por la de Elda, en el uso de pastos y otras servidumbres en el término de Petrel; y por ésta, ser el suyo privativo para sus vecinos; dada en dicha Real Audiencia a 29 de noviembre de 1746, que inserta las sentencias pronunciadas en grados de vista y revista en 6 de mayo y 26 de octubre del propio año, que original y con tapas de pergamino se halla custodiada en el archivo municipal de Elda.

También existen en uno de los dos libros titulados Libro Viejo unas diligencias originales respecto a las aguas de Caprala, fechadas el 20 de marzo de 1576, con la sentencia definitiva pronunciada por el gobernador bayle general del condado de Elda, ciutadà Gaspar Remiro de Espejo, por la cual se prohibe regar con dichas aguas las heredades contiguas, bajo la pena de 50 libras, mandando se les deje paso libre para Elda» (II, 266-271).

No conoce el autor la fecha en que fue establecido el marquesado de Noguera en Santa Bárbara, sino sólo que no pertenecía ni a Elda ni a Petrer. «Sin embargo, la jurisdicción eclesiástica sobre la ermita de Santa Bárbara la conservó el cura de Elda […] Después, los alcaldes mayores del condado, establecidos al principio del reinado de la casa de Borbón, continuaron con las mismas facultades y autoridad que el bayle respecto a la jurisdicción del marquesado; y a la desaparición de dichos funcionarios judiciales, demasiado embebidos por desgracia los vecinos de Elda en asuntos políticos, no se acordaron de reivindicar su derecho jurisdiccional sobre aquel territorio; y los de Petrel, que siempre han andado en estos asuntos con ojo avizor y suspicaz diligencia, se apoderaron de hecho de él, y así continúan.

Que el pequeño territorio de la Noguera estaba separado del término general de Elda y Petrel y reservado al señor de ambas villas aparece justificado por el siguiente documento que copiamos a la letra, tomado de uno de los dos Libros Viejos ya citados: es de suponer estuviese ya entonces erigido el marquesado, puesto que el condado lo había sido algún tiempo antes:
+ Noguera y Alcadufada= R. Luis Alhadich, missatger de la present vila de Petrer. Ell de procusió y manament del molt magnífic Gaspar Remiro, governador e batle de les viles de Elda, Petrer e Salines, en la present vila de Petrer haver preconisat que tinguen per vedada tota la heretat del molt ilustre Sr. D. Juan Coloma en Noguera e la serra que està damunt ella desde lo morral del [talehh?] on hiba un molló de pedres dreta línea devers Sax fins lo Collà de on hiba altre molló en vista de Sax e tota la solana e peña fins la ombria e tot lo alt de dita serra en tota la qual partida axí bestiars, lleñaters com caçadors ni niguna altra persona no sia gosada entrar-hi en pena de 60 sous aplicadors lo terç al acusador e lo ter al dit molt ilustre Sr. amo de dita heretat e lo altre terç a la ilustrisima señoría en la qual pena encorreguen los que entraran a 60 passes de la font e de tota la alcadufada de Noguera devers Petrel e devers Elda, la qual crida feu en presentia de justícia y jurats y molts altres persones (II, 272-275).

Más adelante, el conde de Puñonrostro, Elda y Anna acudió al Consejo de Castilla en el pleito de Benuta, que había pendiente, respecto a los referidos estados de Elda y sus agregados, en los que se incluía el marquesado, solicitando que se hiciese apeo y deslinde de los límites de éste, a lo que accedió el consejo por medio de real provisión del 27 de abril de 1735. Entre los testigos se encontraban Antonio Guarinos y Rico, alcalde de Elda, junto con José Guarinos y Vicente Guarinos, y Tomás Juan, Baltasar Pérez, Baltasar Tortosa y Tomás Pérez, por parte de Petrer, que se mostraron conformes a lo declarado por el primero:

Dixo: que en cumplimiento de su encargo y según las individuales noticias que el testigo dice tener de sus mayores, y más ancianos, y de lo que ha visto observar y practicar sobre el territorio que llaman de Noguera, ha pasado a reconocer aquél, juntamente con diferentes vecinos de la presente villa y de la de Petrel, el cual solamente consiste en la ermita de Santa Bárbara, casa de la habitación del ermitaño que está anexa; y huertecilla que al presente se halla plantada de olivos, higueras, parras y otros árboles, que antiguamente fue establecido por el dueño y señor de este condado, con el cargo de 6 libras, moneda corriente de este reino, de censo anual; o enfiteusis, que los poseedores de dicho territorio siempre han pagado y pagan a dicho señorío, además de los diezmos de los frutos que se cogen; como así es de ver y consta por los libros Giradoras y libros de colectas que ha habido y actualmente hay corrientes en dicha villa de Petrel, de que el testigo tiene entera noticia. Y así lo ha visto pagar y practicar, a los poseedores del expresado territorio, y en caso necesario se refiere a dichos libros. Y también sabe, que no goza, tiene, ni posee ninguna renta, regalía, montes, pastos, prados, ni de esas; porque los circunvecinos y confinantes pertenecen a ambas villas de Elda y Petrel y sus vecinos. Y así ha sido y es público, y notorio, pública voz y fama, entre dichas villas y sus vecinos, sin que hasta ahora lo contrario se haya oído decir ni practicar, y así es la verdad so cargo del juramento que tiene prestado, en que se afirmó y dixo ser de 66 años de edad poco más o menos y lo firmó con su merced» (II, 275-278).

Ese mismo año se amojonó el territorio con la supervisión de los declarantes y la presencia de los capitulares que componían los ayuntamientos de Elda y Petrer.

En un principio, según afirma Amat y Sempere, la pequeña huertecilla del marquesado se regaba más bien por tolerancia que por derecho de las aguas supuestamente pertenecientes a Elda, pero los propietarios de la zona fueron extendiendo el riego, tomando toda el agua posible de la cañería que la conducía hasta Elda, aprovechando las «azarosas y diversas perturbaciones políticas» que atravesó Elda durante los años 1824 al 1837 (sin duda se trataba de las luchas intestinas por el poder entre realistas y liberales). Éstas, sin duda, propiciaron que los regantes dejaran sin suministro de agua potable la ciudad, por lo que su vecindario «se veía precisado a comprarla de la que diariamente venían a venderle del mismo nacimiento los vecinos de Petrel». Y exclama: «¡Aún se nos enrojecen las mejillas al recordar las 40 ó 50 caballerías cargadas de agua que constante y diariamente rodaban por esta población para venderla a sus vecinos!». El ayuntamiento de Elda reclamó finalmente la usurpación de los regantes, pero sin muchos resultados. «El pueblo de Petrel, aunque la cuestión versaba con particulares, si bien oficialmente no podía mezclarse en el asunto, lo hacía de un modo indirecto, y favorecía a aquéllos cuanto le era posible; y para mayor desgracia hasta los tristemente célebres Barba-Roja, Mitcha-Barra, Pichaque y otros que entonces componían la cuadrilla de bandoleros, que tenían aterrada esta comarca con sus robos, asesinatos y secuestros de personas, los que más tarde pagaron sus crímenes en el cadalso, se interesaban también por los regantes usurpadores» (II, 281-283). Incluso se dio el caso, en 1824, de un viejo escribano que fue a notificar una providencia a los regantes y fue sorprendido por los ladrones, quienes lo apalearon, le quitaron el expediente y lo amenazaron de muerte, a pesar de ser cojo y octogenario.

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Tras la expulsión de los moriscos, sus mezquitas fueron convertidas en iglesias y se alzaron nuevos centros de culto, como las ermitas, para mantener viva la fe cristiana.

La situación continúa de igual modo hasta 1839, cuando se consigue que el juzgado imponga multas de 1.500 reales a los usurpadores y se renuevan las cañerías, muy deterioradas, que conducían el agua a la villa.

El 25 de mayo de 1840, tras haberse roto varias veces el canal de conducción de aguas a Elda, parece ser que de modo no accidental, se propone reunir a las tres partes implicadas en el litigio de las aguas ante representantes de la Diputación provincial, siendo representantes de Petrer D. José Mª. Caturla, alcalde, los propietarios D. Antonio Maestre y D. Gabriel Pérez López, y el síndico del ayuntamiento de Petrer, D. Nicolás Brotons y Rico. Las autoridades reconocieron el manantial, su acueducto y las tierras colindantes, declarando que a Elda no le faltaría el agua para su consumo. Los representantes de esta villa aludieron a documentos que atestiguaban desde inmemorial sus derechos al agua, hasta que el secretario del ayuntamiento de Elda, D. Lamberto Amat y Sempere, quizás con algo de malicia, leyó una página de la Historia del Reino de Valencia de Escolano, quien, erróneamente, por ignorancia, había escrito que Elda era población de 700 casas si se considera con su aldea llamada Petrel. Entonces ocurrió algo inesperado, pues «en aquel momento, Juan Tortosa, vecino de la última villa, habitante de Santa Bárbara, labrador tan honrado como sencillo, pero entusiasta e incansable defensor de sus derechos, que él creía estaban entrañados en los de su pueblo y que eran mejores que los de Elda, exclamó arrebatadamente y ciego de ¡ra: ¡¡¡Assó lo han fet vosteds baix de los ribasos, assó no és veritatü! Este incidente produjo una larga y estrepitosa hilaridad en todos los de la reunión, especialmente en las autoridades superiores, que en sentido festivo aplaudieron y felicitaron al Tío Juan Tortosa, el cual siempre se había distinguido por su lenguaje franco y extremado» (II, 290-297).

Las autoridades deciden repartir el caudal en la siguiente forma: tres quintas partes para Elda y las dos restantes para los regantes de Santa Bárbara, extendiéndose escritura de concordia.

Nos cuenta Amat y Sempere: «En el otoño del año 1865 hubo una inmensa inundación de aguas en Alcira y pueblos limítrofes, a consecuencia de los extraordinarios aluviones que ocurrieron, ocasionándose no pocas desgracias; a los dos meses de aquélla se notó un aumento considerable, casi de doble cantidad, en el insinuado manantial de Caprala. Así me lo aseguró José Payá y Payá, otro de los regantes de aquel partido, que habita en él toda su vida, el día 23 de agosto de 1874, añadiendo que, a pesar de los años transcurridos, hasta ahora no ha decrecido dicho aumento. La distancia de este manantial a Alcira será de 11 a 12 leguas en corta diferencia» (II, 306-307).

Sobre el tema del territorio, nos relata lo siguiente: «El 4 de julio de 1503 se constituyeron, en las montañas de Catí y en las ombrías de la Loma Gorda, que son entre los términos de Petrel y Castalla, los procuradores del espectable D. Julián Ruiz de Corella, conde de Cocentaina, señor de Petrel, y de Dª. Aldonza Lladró de Rocafull, señora de Castalla, para la partición, división y amojonamiento de los términos de ambos pueblos, según los respectivos señores lo habían convenido y acordado en mayo anterior, a fin de evitarse las cuestiones y disgustos que mediaban entre los mismos y los vecinos de cada uno de aquéllos, y con poder bastante que dieron a sus referidos procuradores, llevaron a efecto su cometido, dejándolo consignado en escritura de dicha fecha, autorizada por el notario Jaime Aracil, a la que concurrieron también Mahomat Manril y Sahat Savila, aljamas de Petrel, y los «honrados» Fernando Rico, hijo de Juan Rico, justicia, Francisco Payá, jurado, y Domingo Pérez, síndico de Castalla; y cuyos mojones y fitas aún son los mismos que entonces convinieron, y los que de inmemorial se conocían y de que se hicieron algunos adoraciones, según se desprende del documento citado» (II, 312-313).

Los límites de Elda con Petrel «los señoló el conde D. Francisco Coloma, como él mismo dice, siendo como es arbitraria en nos esta facultad, en un decreto del 12 de diciembre de 1703: designó únicamente la línea divisoria entre la mojonera de Sax al molino de pólvora, que era de Alonso Navarro; de allí, línea recta, a la cósica de Blas Olcina, y de allí, por el alto de los cerros, que están a la parte de tramontana del Pantano, línea recta al colmenar de mosén Gaspar Rico (ya no se conoce este colmenar, que debió estar en la cima del cerro que hay sobre el molino Nuevo, así como tampoco hay vestigios del molino de pólvora ni de dicha casica), quedando desde esta mojonera todo el río a la jurisdicción de Elda; y desde el referido colmenar se tirará una línea por la acequia del agua de Arriba hasta los canales del agua ruin, bajo de la Horteta, y de allí a la parada del convento por las minas hasta el camino de Petrel, desde aquí por la acequia hasta la parada del Algibe, desde el cual, siguiendo la acequia hasta la jarrería, y de esta senda abajo hasta el carril de Alicante, sirviendo este carril de lindero hasta la mojonera de Novelda» (II, 316-317).

Y añade: «Es irritante salir de Elda en dirección a Petrel, y al medio cuarto de hora encontrarse en ajena jurisdicción; y lo es aún más que yendo por la carretera, a la misma distancia y enfilando las calles más bajas de Elda, que están situadas en una línea de un extremo a otro de la población a la parte de Poniente, y son las del Mesón, Cantó y San Antonio, no se pueda dejar dicha carretera a la izquierda sin tocar la misma extraña jurisdicción; por manera que si el Sr. conde, insiguiendo en el uso de la facultad arbitraria que se atribuyó, hubiese querido señalar la divisoria las expresadas calles, Petrel hubiera tenido su jurisdicción en Elda.

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Petrer y Elda, pueblos en constante rivalidad hace siglos, olvidan sus antiguas enemistades en pro de un mañana mejor para ambos.

A Petrel le quedó desde la divisoria indicada hasta las Hoyas de Castalla de Oeste a Este, y de Norte a Sur desde la mojonera con Sax hasta las de Novelda y Agost; y creemos no equivocarnos al decir, que comprende un cuádruplo de terreno más que el que le quedó a Elda» (II, 318-319).

«No nos profesaba el conde D. Francisco buena voluntad, porque, como en otra parte insinuamos, esta población le había sostenido recientemente una porción de pleitos, oponiéndose a sus demasías en sus exigencias de gabelas, de las cuales aquel señor desistió en la concordia de 1684; y en aquella misma época en que por medio de las armas se ventilaba en los campos de batalla el derecho de sucesión al trono de España por las casas de Borbón y de Ausperby, el Sr. Conde se había decidido por la bandera austríaca y sus vasallos de Elda por lo francesa, sirviendo aquél personalmente a la suya y los otros sosteniendo la última con un respetable contingente voluntario de hombres y caballos. Esta disidencia política, que en el curso de la guerra tuvo mayores alcances para Elda y su conde, como apuntaremos en su lugar, y los litigios de que va hecho mérito, debieron impulsar al último a obrar tan injusta y arbitrariamente como lo hizo en la división jurisdiccional contra Elda, y a favor de Petrel por sus oportunas, si bien no muy estimables declaraciones al conde; y para que no se crea que exageramos, copiaremos la introducción de un memorial de agravios contra Elda que en 29 de enero de 1700 dirigió Petrel al propio señor:

Muy ilustre señor marqués de Noguera mi señor: Dando primeramente por asentado, que el conde mi señor es dueño absoluto, así de esta villa como del realengo, y de lo demás, y es nuestro amo y señor, y aquí somos todos sus muy humildes vasallos, etc.
Este documento se halla inserto a la letra por testimonio en los folios 29 y 30 de la Real Provislón de 1746, de que ya hemos hablado.

Este lenguaje, tan rebajado como adulador, comparado con el hecho de que Elda ya se había opuesto ante los tribunales superiores a la señoría directa que pretendía el conde, precisamente había de agradar más a éste, pero no le daba derecho a hacer tan injusta división; y no se objeta que la forma de expresarse Petrel en aquella época era natural, porque otros documentos podríamos copiar de la misma en que Elda sin petulante arrogancia y con un respeto tan decoroso como intachable se dirigía siempre al conde.

La división no produjo entonces reclamación de parte de Elda, porque en aquel tiempo la autoridad tiránica y opresiva de los señores no lo permitía; porque la comunidad en el aprovechamiento de leñas, aguas y pastos del término general se observaba; y porque la jurisdicción sobre el manantial del agua potable de Elda la ejercía el gobernador bayle general del condado, que a la sazón era el marqués de Noguera, hermano del conde, cuyo marqués también entonces desempeñaba la plaza de magistrado de la Audiencia de Valencia. En la misma división se dice a su final acerca de estos dos últimos puntos lo siguiente:

En la cual división de jurisdicciones no se entiende tenerla ninguno de dichos justicias en el marquesado de Noguera porque ésta sólo es del señor, y en su lugar la tiene su procurador general, como en las dichas dos villas la tenemos, y en nuestro nombre nuestro bayle y procurador general. Ni tampoco el quitar la facultad que han tenido siempre los vecinos de entrambas comunidades de apacentar sus ganados y cabalgaduras por común, ni el hacer leña, ni el sacar atocha para el servicio de sus vecinos conforme se expresa en concordia que se hizo entre dichas villas en el convento de Nuestra Señora de los Angeles de nuestra villa de Elda por orden de nuestro hermano el marqués de Noguera como procurador general nuestro; y mandamos la referida división de jurisdicciones y demás que se expresa en este nuestro precepto, se observe y guarde de aquí en adelante inviolablemente, toda réplica cesante en pena de 100 libras de moneda executadora de bienes propios al que lo contrario hiciere aplicadas a nuestras arcas demás de nuestra ira e indignación, etc., etc.» (II, 321-324).

Por último, «a fines del año 1852 el alcalde de Petrel suscitó de nuevo la cuestión diciendo que las casas del altito del Chorrillo estaban enclavadas en su jurisdicción, por lo cual les había impuesto la contribución de consumos» (II, 325).

También cabe destacar la cuestión de la mancomunidad de pastos, leñas y aguas: «Por lo que hemos referido y documentos citados al tratar de aguas potables, no queda duda de la mancomunidad; pero creemos oportuno y de sumo interés ampliar este asunto. En tiempos remotos aprovechó Elda las producciones de su término general, puesto que sus dos aldeas entonces contarían apenas algunos colonos, cuyo domicilio lo tendrían en la villa. Las dos pequeñas poblaciones irían creciendo porque a los propietarios de las tierras les convino habitar en ellas, o más cerca, para atender mejor a sus cultivos: entonces debió tener principio de hecho la comunidad. Creemos haber indicado al hablar de las aguas del riego, que constan antecedentes escritos de que en los siglos del XIV al XVI las aguas regaban alternativamente en Elda y Petrel en donde los accidentes del terreno lo permitían. La comunión de aprovechamientos de los montes y terrenos francos, que de hecho se practicaba, como por ejemplo, que en las tiendas de comestibles, panaderías y tabernas no se expendieran aceite, pan y vino, vino de los que se cosechaban en el término general, prohibiéndose la introducción de estos artículos de otros pueblos, a menos que en los tres del condado no se hubiesen concluido aquéllos: así está consignado en los capítulos para el arriendo de dichos puestos públicos de venta desde el siglo XV hasta el año 1834, en que se anularon tales trabas para el tráfico, comercio e industria por el Ministerio de Fomento, que entonces ejercía la mayor parte de las atribuciones que hoy competen al de la Gobernación.

Se confirmó la mancomunidad y adquirió el derecho escrito en lo carta puebla que a la definitiva expulsión de los moriscos se estableció entre el Sr. D. Antonio Coloma y Calvillo, conde de Elda, caballero de la orden de San Jaime de Espaza, comendador de Estepa, alcaide del castillo de Alicante y capitán general de las galeras de España residentes en Portugal, y los viejos y nuevos pobladores de la misma villa de Elda, que autorizó en ella el notario Vicente Pablo Alfonso el 11 de noviembre de 1611, cuyo capítulo 20 dice:

Ittem: es tractat que la postura dels bestiars de los veins de la present vila i los de la vila de Petrel puguen entrar en les montañes, terme de la present vila de Elda i los de Elda en Petrel índistintament i sense encorrer en pena alguna declarant que el bovalar de Petrel ha de estar distint i separat del de Elda i el ganado de la tria de Petrel no pot entrar en lo bovalar de Elda ni Elda en la vila de Petrel, ants be contravenint a les desús dits coses puguen ésser executats en la pena o penes estableides per lo Sr. Comte i sos antecessors.

El 19 de agosto del propio año de 1611 se recibió por el notario Jaime Beltrán de Monforte la carta puebla de Petrel, en la misma villa convenida y ajustada entre el referido Sr. Conde y los nuevos pobladores de ella, y un capítulo 19 a la letra es como sigue:

Ittem: en la postura deis bestiars deis veins de la vila de Elda i Petrer, no haja diferències algunes de esta manera, que ni los bestiars de Elda no hagen de poder entrar en la horta de Petrer, ni los bestiars de Petrer en la horta de Elda, ni en viñes ni plantats, en ningun temps del any, pero en los camps han de poder entrar i pasturar los de Petrer en los camps de Elda, i los de Elda en los camps de Petrer comunment, per ço que si en totes qualsevols diferències entre los veins de dites viles restant a sa señoría o a sos succesors, llibertat de poder ordenar en açó lo que li pareixquera, i fes-los major mercet durant sa voluntat los dona llicéncia per a pasturar en la Serra del Sit, no perjudicant al arrendador de la carneceria de Elda en lo que toca a la pastura de tos bestiars de la dita carneceria de Elda com fur i llei del present regne.

Observada sin interrupción la mancomunidad por un siglo después de las cartas pueblas, hubo algunas diferencias entre ambos pueblos acerca de la mucha atocha que los vecinos de Elda dedicados a la industria del salitre sacaban de la jurisdicción de Petrel para el fuego de sus calderas, pero sin negar ni oponer el menor obstáculo la última villa a la mancomunidad»; y teniendo conocimiento de ello el marqués de Noguera, se reunieron en 14 de febrero de 1700, en el convento de Nuestra Señora de los Ángeles de Elda, los representantes de las tres villas, decidiendo la creación de una dehesa o coto de donde únicamente pudieran extraer atocha los salitreros. Petrer, estimulado por el apoyo y la protección que recibía del conde, había negado la mancomunidad, llegando a impedir la entrada de los vecinos de Elda en su jurisdicción y castigando al que lo hacía. Elda elevó una reclamación a la Audiencia del Territorio, exigiendo el amparo y posesión de su derecho el 28 de septiembre de 1742, dando traslado de ella a Petrer. En una escritura de concordia, Petrer, según Lamberto Amat, confiesa la existencia de la mancomunidad de pastos, aprobada y publicada por edicto en Elda y Petrer en 1746, aunque esta mancomunidad había sido tácita durante siglos (II, 328-333).

Pero más interesante aún es el testimonio del autor respecto a la situación social de la época: «Como hemos visto, los pobres de Elda, Petrel y Salinas, desde tiempos ignotos y sin interrupción, estaban aprovechando las producciones de los montes del término general del condado, costumbre autorizada después por el derecho escrito, que también obtuvo la doble sanción de las sentencia de vista y revista de la Audiencia del Territorio. Llovía, nevaba, hacía fuertes aires que impedían los trabajos de los campos y huertas, llegaban las épocas de abril y agosto en que las mismas faenas escaseaban, y los pobres que carecían de jornal, iban a los montes con caballerías, el que las tenía, y el que no, sin ellas, y se traían leñas y esparto, los vendían para el sustento de sus familias y tenían lumbre: algunos ejercían de continuo la industria de proveer de leña a los hornos de pan cocer y fábricas de aguafuerte y de salitre, que, hasta hace poco, siempre las hubo de estas dos clases: los labradores en las citadas épocas también utilizaban la atocha, el esparto y la leña para su uso propio, tanto que hemos visto contar, que por la abundancia de ésta, los sarmientos de las viñas no se recogían y quedaban en ellas, donde la acción del tiempo los reducía a abono de las mismas, que según los agricultores antiguos y modernos, es el mejor y más barato, y por ello el que más les conviene. Y por último, la industria pecuaria tenía más proporciones que ahora, daba pingües rendimientos y prestaba grande auxilio a la agricultura en su abono.

c’Y actualmente, qué sucede? ¡No se puede decir sin dolor y que sin que se cubran las mejillas de rubor!

Los pobres no tienen ya aquel recurso que formaba su patrimonio, que era cierto y verdadero, y no nulo y tan ocasionado a revueltas y disgustos como los cacareados derechos individuales y políticos, que ahora se les ha dado, sin ellos, pedirlos. ¡Ah! En estos desdichados tiempos cuando la hambre aterradora, los desgarradores lamentos de sus pequeños hijos pidiéndoles pan, el desconsuelo de sus infelices mujeres, les impele hacia el monte a traerse un hacecillo de leña, unos manojos de esparto, yendo en ayunas, como infinitas veces se lo hemos oído decir al encontrarles de regreso con la carga sobre sus debilitadas espaldas, rara, muy rara vez, dejan de ser perseguidos a tiros o a palos, y la mayor parte de ellas conducidos presos al juzgado de primera instancia, donde por lo regular son penados con más o menos intensidad, según el delito que los guardias les han probado, por más que el juez sea compasivo e indulgente con los desgraciados, porque su deber ante todo es la aplicación de la ley.

Las fábricas de salitre y aguafuerte no existen, porque habiéndose encarecido el precio del combustible, no dan utilidad: y el pan se cuece en los hornos costando inmensamente más la leña, que siempre viene a pagar el consumidor de ese indispensable artículo.

La industria pecuaria se ha reducido tanto que casi son nulos sus productos, y la agricultura carece del poderoso abono que aquélla le prestaba.

Y los labradores se ven también privados del auxilio de aquellos recursos que les pertenecían, ahora que es cuando más lo necesitan por lo agobiados que están a causa de las muchas contribuciones directas e indirectas que se les exigen.

Pero, ¿cómo si estos pueblos y sus pobres estaban en el pleno derecho, uso y aprovechamiento de las producciones de sus montes, han sido privados de ellas?» (II, 336-340).

En el largo proceso de desamortización que tuvo lugar en el siglo XIX, una ley de las cortes dispuso la enajenación de los montes del estado y los de los consejos de los pueblos, decisión política que afectó, como hemos visto en el vivo relato de Amat, a las clases sociales más desfavorecidas. Esta impopular medida podía aceptar algunas excepciones:

En Elda «se señalaron a los pobres los montes de Bolón y Bateig, que tienen poca extensión y están absolutamente pelados, porque al nacer las hierbas y leñas que crian, se las comen los pocos ganados que quedan […] y los propietarios de las heredades de la jurisdicción de Petrel, que siempre habían mirado con marcada y notoria repulsión, y como un pesado yugo, la mancomunidad, aprovechando el marasmo de Elda en este negocio, se juntaron, y sin dejar translucir sus propósitos, convinieron en concurrir uno de ellos a la subasta, comprar todos los montes y después repartírselos entre los mismos, adjudicándose la parte que alindara con sus heredades; lo cual realizaron completamente cediendo el comprador a cada uno su parte por medio de escritura pública […] Algunos años después quiso Elda recuperar su derecho, pero era tarde, y los medios empleados acaso no fueron todo lo eficaces y acertados que se necesitaran, y nada consiguió» (II, 344-345).

Hasta aquí llega la crónica de una enemistad por la tierra y el agua entre las poblaciones de Elda y Petrer, aunque Lamberto amat y Sempere no podía imaginar que el declive de la sociedad que le tocó en suerte vivir no anunciaba sino un cambio espectacular en los usos y costumbres de sus habitantes. La historia, siempre en perpetuo movimiento, trajo la industrialización y acabó con la agricultura y la ganadería. Este investigador eldense del siglo pasado se sorprendería si supiera que hoy vuelve a existir una mancomunidad, con diferentes objetivos a los de antaño, entre pueblos tradicionalmente rivales.

Cosas del pasado.