Se instalan 13 cámaras de vigilancia en los dos parques municipales y el cementerio

El Ayuntamiento de Petrer ha instalado un total de 13 cámaras de videovigilancia en los dos principales parques municipales y en el cementerio. Exactamente, se han instalado 6 cámaras en el parque 9 de Octubre, 4 en El Campet y 3 en el cementerio municipal, conectadas de manera directa con la Policía Local.

La inversión realizada en la instalación de los circuitos cerrados de videovigilancia ha ascendido a algo más de 14.000 euros y ha sido llevada a cabo por la empresa local FYM Seguridad Privada. Además de las cámaras de videoviligancia, para advertir de su presencia, de acuerdo al Anexo del Real Decreto 596/1999 de 16 de abril, también se ha instalado la cartelería se señalización de las mismas.

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Según ha recordado el concejal de Policía Local, Pablo Lizán, «en octubre de 2018 desde la Policía Local se cursó una solicitud de instalación de circuito cerrado de videovigilancia a la Delegación de Gobierno, solicitud a la que hace unas semanas se dio el visto bueno”. En este sentido, la alcaldesa, Irene Navarro, ha destacado que “este es un paso más para seguir velando por la seguridad de nuestras vecinos, pero también para proteger nuestros espacios públicos frente a posibles actos vandálicos o delictivos”.

Desde el consistorio han explicado que «solo en los dos últimos años el gasto de dinero público que hemos tenido que hacer desde la concejalía de Servicios Generales para el mantenimiento y reposición de los bienes dañados por actos vandálicos han sido cuantiosos, concretamente sobre unos 50.000 euros”. En los últimos meses se han producido dos incidencias en el Cementerio Municipal, 10 en el parque 9 d’Octubre y 31 en el parque del Campet por actos de gamberrismo y el consiguiente deterioro del mobiliario urbano.

El concejal de Policía Local, Pablo Lizán, ha explicado la normativa que regula la utilización de dichas viodeocámaras para seguridad, en base al régimen elaborado por la Agencia Española de Protección de Datos, destacando que las imágenes captadas estarán siempre a disposición de la autoridad administrativa o judicial competente; se fija en un mes el periodo de conservación de las imágenes, transcurrido el cual deberán destruirse, salvo que estén relacionadas con infracciones penales o administrativas en materia de seguridad o con una investigación policial en curso; se garantizará la debida reserva, confidencialidad y secreto en el acceso a las grabaciones, así como la cesión o copia de las imágenes.

 

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