Reconoce que ya “son muchos años así” y que están acostumbrados a trabajar en estas condiciones, movilizando al personal libre de servicio y pidiendo apoyo a los parques cercanos, como el de Alicante, Elche o Ibi, pero “teniendo en cuenta que estas medidas tienen un tiempo de demora de entre veinte minutos/media hora. Si salimos a apoyar incendios de gran envergadura en otros puntos de la provincia, nos multiplicamos como podemos para no dejar desatendida esta zona”.
Finalmente, Amancio nos explica que no tienen competencia ni en prevención (la prevención y vigilancia depende de la conselleria de Medio Ambiente) ni en investigación de causas, “siendo el Seprona de la Guardia Civil los únicos con competencia para hacer las diligencias correspondientes”.
Puntos negros de los viales de circulación en nuestra comarca
En nuestra visita a los bomberos de Elda hemos conocido los puntos negros de la circulación vial de la comarca, ¡conduzcan con cuidado en estas carreteras!:
– La curva en la autovía junto a la cárcel de Villena, dirección Valencia.
– La carretera que, poco después, va de Caudete a Fuente La Higuera, con un importante tráfico de camiones pesados.
– La bifurcación que hay en Sax a Castalla y que da acceso a la nueva autovía en dirección a Alcoy.
– En la autovía de Sax a Petrer a la altura del polígono industrial Les Pedreres.
– En la autovía, dirección a Alicante, a la altura del castillo de Petrer y de la Agencia Gómez.
– En el reventón de Petrer a Novelda, en la subestación.
– En la Monfortina, en el cruce con Novelda
– En la subida al Portixol
– En la bifurcación de la carretera de Elche con el club de golf
– Y muchas vías comarcales, como la carretera de Pinoso o Salinas, con importantes índices de siniestralidad
Desglose de las tasas impuestas por el consorcio provincial de bomberos
Recuerden que nunca se cobra a quien realiza la llamada y avisa de la emergencia, sino a los beneficiarios de la actuación de los mismos. Recuerden también que estas tasas son acumulativas.
Intervención del personal: Eur/30 minutos
Técnico superior…………………………………………26’04 €
Técnico…………………………………………………….23’47 €
Suboficial……………………………………………………21’11€
Sargento……………………………………………………. 19’18 €
Cabo………………………………………………………….15’85 €
Bombero………………………………………………….. 14’50 €
Intervención de vehículos y material
Automóvil de jefatura (UMJ) …………………………Por actuación: 34,61 E
.…………………………Por tiempo (30´): 4,16 E
Autobomba (BUP)…………………………………….Por actuación: 87,66 E
………………………………Por tiempo (30´): 30,00 E
Vehículo de altura (AEA/ABA/ABT)…………………Por actuación: 115, 59 E
………………Por tiempo (30´): 40,74 E
Vehículo auxiliar (UTP/UMC/FUV)………………….Por actuación: 48,38 E
…………….Por tiempo (30´): 6,45 E
Vehículo de rescate (FSV)……………………………..Por actuación: 137,99 E
…………………………..Por tiempo (30´): 33,97 E
Vehículo nodriza (BNP/L)…………………………….Por actuación: 102,06 E
………………………..Por tiempo (30´): 36,96 E
Motobomba explosión…………………………………Por actuación: 11,86 E
………………………………Por tiempo(30´): 0.92 E
Motobomba eléctrica…………………………………..Por actuación: 14,55 E
………………………………..Por tiempo (30´): 1,83 E
Helicóptero……………………………………………Por tiempo (30´): 263,50 E
Eur/ Descarga
Extintor de gas (5kg.).……………………………………………35,70 E
Extintor de polvo (9kg.)………………………………………….28,69 E
Extintor de polvo (12kg.)…………………………………………36,20 E
Eur/ Litro
Espumógeno………………………………………………………..3,00 E
Eur/ 30 Min.
Retroexcavadora…………………………………………………..17,40 E
Pala cargadora…………………………………………………….17,40 E
Grúa <25 Tm…………………………………………………………25,55 E
Grúa 25-50 Tm………………………………………………………37,57 E
Grúa>50 Tm…………………………………………………………78,13 E
Desglose de las exenciones a las tasas
Extraemos también de la ordenanza fiscal por prestación de servicios de los bomberos las exenciones contempladas, en las que puedan interesar a los ciudadanos. A este respecto, recuerden que son rogadas, debiendo demostrar las condiciones que les hacen acreedores de esta exención.
“Exenciones Subjetivas
5.2 Estarán exentas del pago de la tasa por la prestación del servicio que pudiera realizarse aquellas viviendas que tengan la condición de viviendas sociales, según calificación otorgada por el Organismo Público competente
5.3 Estarán exentos de pago de la tasa por la prestación del servicio que pudiera corresponderles aquellas entidades sin fines de lucro, cuya actuación redunde, directamente, en atender necesidades de carácter humanitario como son la asistencia social, sanitaria y educativa.
5.4 Gozarán de exención subjetive aquellos contribuyente cuya unida familiar a la que pertenezcan obtengan ingresos anuales inferiores a 18.030, 36 euros. Esta exención no será de aplicación en lo referente al art. 74 de la presente ordenanza.
5.5 Gozarán de exención la prestación de los servicios que a continuación se detallan: Incendios forestales, entendiéndose como forestal el terreno y no las edificaciones sitas en él”.
Cuanta razón tiene! En fin, la desinformación y lo fácil que es hecharle la culpa al primero que tenermos delante de las situaciones que nos disgustan… que fuerte! De héroes a recaudadores… tiene que ser un palo cuándo le tienes que decir a una persona mayor que facilite sus datos y que le pasarán la factura… su cara tiene que ser un número y para el cuerpo de bomberos no tiene que ser tarea fácil explicarles eso o hacer entender que el servicio de bomberos no es gratuito…
Me resulta muy interesante el artículo, y me gustaría si es posible saber en qué reglamento, ley u ordenanza puedo encontrar las exenciones a las tasas de servicios de bomberos que indica el artículo.
Mucas gracias…